Los menores podrán cambiar de sexo en el registro en España sin informe médico

  • El borrador de la ley de igualdad de las personas trans mantiene el derecho a la identidad de género libremente manifestada, a pesar de la opinión contraria del PSOE

El borrador de la ley para la igualdad de las personas trans diseñado por el Gobierno permitirá el cambio de sexo en el registro sin necesidad de informe ni tratamiento médico a partir de los 16 años. Las personas de entre 12 y los 16 años podrán registrarse con su nombre deseado con consentimiento de padres o tutores.
El borrador fija así la despatologización de la transexualidad, en línea con la Organización Mundial de la Salud (OMS), y garantiza la protección y derechos específicos a toda aquella persona “cuya identidad de género no se corresponde con el sexo asignado al nacer”.
El texto, que promueve el Ministerio de Igualdad, incluye medidas en el ámbito sanitario, educativo, laboral y deportivo y abre la puerta también a que se pueda solicitar que no se especifique el sexo en los documentos oficiales de identidad, para atender a quienes no se identifican ni con el género masculino ni con el femenino.

REPRODUCCIÓN ASISTIDA

Entre las prestaciones sanitarias, además de los tratamientos hormonales y quirúrgicos, se contempla que “las personas trans con capacidad de gestar” puedan recurrir a las técnicas de reproducción humana asistida.
El departamento que dirige Irene Montero aspira a iniciar la tramitación legislativa de este anteproyecto de ley en la primera quincena de febrero, razón por la cual la ministra se reunió la pasada semana con la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo. Con estas medidas, “se restituye a la persona el derecho inherente a decidir sobre su propio cuerpo y su ser”, explica el Ministerio de Igualdad en la exposición de motivos del borrador.
El texto mantiene también el derecho a la identidad de género libremente manifestada. El equipo Montero defiende así que toda persona posee derecho “al reconocimiento de su identidad de género libremente manifestada” sin límite “por razón de edad, sexo, origen racial o étnico, nacionalidad, religión, orientación sexual, expresión de género, características sexuales, discapacidad, enfermedad, estado serológico, lengua, clase social, migración, situación administrativa o cualquier otra condición personal”.

DESAVENENCIAS CON EL PSOE

Esta denominación es la que ha causado desavenencias entre el Ministerio y el PSOE, que defienden que el sexo es un hecho biológico insoslayable que determina las condiciones de las mujeres, mientras que el género es una construcción social.
“Estamos en contra de los posicionamientos que defienden que los sentimientos, expresiones y manifestaciones de la voluntad de la persona tienen automáticamente efectos jurídicos plenos”, señalaba un argumentario que los socialistas hicieron público en junio de 2020.

“BORRAR” A LAS MUJERES

Coinciden así, con una parte del movimiento feminista que denuncia que esta norma pretende “borrar” a las mujeres. A juicio de la Alianza Contra el Borrado de Mujeres, el objetivo de esta norma es permitir el cambio del sexo legal a cualquier persona aunque no sean transexuales y no experimenten disforia o incongruencia de género y creen que “si el sexo legal desaparece, desaparecen también los derechos de las mujeres frente al machismo”.

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