Imparcialidad en entredicho: cuando el conflicto de interés alcanza a la Corte

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El caso que involucra a la ministra Lenia Batres y el ISSSTE no es un detalle técnico, sino una señal preocupante sobre los límites éticos en el máximo tribunal del país.
En cualquier democracia, la confianza en el Poder Judicial descansa sobre un principio básico: la imparcialidad. No basta con que las resoluciones sean legales; deben también parecerlo. Por eso, cuando una integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación participa en un asunto donde existen vínculos personales directos, la discusión deja de ser jurídica y se convierte en un problema de legitimidad.
El litigio entre el Gobierno de la Ciudad de México y el ISSSTE por el pago de impuesto predial podría parecer, en apariencia, un conflicto administrativo más. Sin embargo, la participación de la ministra Lenia Batres adquiere otra dimensión al considerar un elemento clave: su hermano es el director general del instituto involucrado. Esa relación no es tangencial ni remota; es directa y evidente.
Aquí es donde el concepto de conflicto de interés cobra relevancia. No se trata únicamente de si la ministra favoreció o no al ISSSTE. El punto central es que, bajo estándares internacionales y códigos de ética judicial, debió excusarse de conocer el asunto. La razón es simple: cualquier decisión —incluso si fuera técnicamente impecable— queda bajo sospecha cuando existe un vínculo personal con una de las partes.


Para empresarios e inversionistas, este tipo de episodios enciende focos rojos. La certeza jurídica no sólo depende de leyes claras, sino de jueces confiables. Si el máximo tribunal del país muestra fisuras en su imparcialidad, el mensaje hacia los mercados es inquietante: las reglas pueden estar sujetas no sólo a interpretación, sino a relaciones personales.
El impacto no es menor. En contextos donde ya existen preocupaciones sobre seguridad, corrupción y estabilidad regulatoria, la percepción de un Poder Judicial vulnerable a conflictos de interés agrava el panorama. La inversión, especialmente la extranjera, opera bajo una lógica de confianza institucional. Y esa confianza se erosiona cuando los árbitros del sistema parecen tener intereses cruzados.


Más allá del caso específico, lo que está en juego es la credibilidad de la Corte. La imparcialidad no es negociable ni relativa. Es una condición indispensable para que el sistema funcione. La falta de excusa en un caso con vínculos familiares directos no sólo debilita la resolución concreta, sino que proyecta una sombra sobre el conjunto del tribunal.
En última instancia, la pregunta no es si hubo o no un fallo sesgado. La pregunta es por qué se permitió que existiera la duda. En justicia, como en inversión, la percepción pesa tanto como la realidad. Y cuando ambas se distancian, el costo institucional puede ser alto.
Porque sin jueces imparciales, no hay certeza. Y sin certeza, no hay confianza.

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cacostabravo@yahoo.com.mx

  • El autor es Maestro en Comunicación por la Universidad Iberoamericana. Formó parte del cuerpo académico en Comunicación en la Ibero y en la Universidad Anáhuac, campus norte CDMX.