Tribunal del Vaticano aduce “falta evidencia de violencia”, y absuelve a 2 sacerdotes de abuso homosexual a un monaguillo

AGENCIA CATÓLICA DE NOTICIAS

Según los jueces, “las relaciones sexuales, de diversa índole e intensidad, entre el imputado y el lesionado, que en la práctica se prolongaron durante todo el quinquenio, deben considerarse establecidas“. Pero “no hay evidencia que sugiera que la víctima haya sido coaccionada”.
El panel de tres jueces absolvió al reverendo Gabriele Martinelli de algunos cargos y dictaminó que otros no podían ser castigados o que supuestamente ocurrieron hace mucho tiempo. El ex rector del seminario, el Rev. Enrico Radice, fue igualmente absuelto.

El Tribunal Vaticano , presidido por Giuseppe Pignatone , como parte del juicio por abuso sexual de los monaguillos del Papa, absolvió a Don Gabriele Martinelli , quien era menor de edad en ese momento y exalumno del Preseminario Vaticano San Pío X, y a Don Enrico Radice , ex rector del instituto.
Las solicitudes del promotor de justicia de la Santa Sede, Roberto Zannotti, fueron totalmente rechazadas . Para algunos delitos son absueltos, para otros no punibles, para otros más ha intervenido la limitación.
El fiscal había pedido seis años de prisión para Don Martinelli por actos de violación agravada y actos agravados de lujuria y cuatro años para Don Radice por complicidad. Este último delito se había configurado de la siguiente manera, explicó Zannotti, ya que la ley penal vaticana no prevé el delito de concurrencia en violencia sexual por el que en cambio investiga el Ministerio Público de Roma, que ha abierto un proceso similar al de la Santa. Ver. También se rechazó la solicitud de indemnización de 500 mil euros presentada por la presunta víctima que había interpuesto una acción civil.
“La Corte – lee un comunicado de prensa del mismo órgano vaticano – ha establecido que las relaciones sexuales, de diversa naturaleza e intensidad, entre el imputado y la persona lesionada, que en realidad han durado todo el período de cinco años, deben ser consideradas como comprobadas; por el contrario, no existen pruebas que afirmen que la víctima haya sido obligada a hacer tales denuncias por el acusado con la violencia o amenaza controvertida.
En particular, se probó la imposibilidad de retener la compulsión de la víctima más allá de toda duda razonable deriva de algunas contradicciones e ilógicas significativas presentes en las declaraciones realizadas en varias ocasiones por la víctima, de lo que se desprende de los mensajes telefónicos intercambiados con Martinelli, y del hecho de que muchos de los textos presentes en las mismas salas de que, de vez en cuando, habría tenido relaciones sexuales repetidas veces afirmaba no haber visto ni oído nada”.
Por este motivo, Martinelli “fue declarado no punible en relación con los hechos controvertidos hasta el 9 de agosto de 2008 por ser menor de 16 años en ese momento”, como exige la ley vaticana. Absuelto de los delitos en su contra para el período posterior a agosto de 2008 por insuficiencia de pruebas”.
Asimismo, la Corte “sostuvo que los hechos referidos al período comprendido entre el 9 de agosto de 2008 y el 19 de marzo de 2009 (fecha en la que la presunta víctima también tenía 16 años), como se mencionó, ciertamente demostraron en su materialidad, careciendo únicamente de certeza sobre la coartación de la víctima, sin embargo, integra el delito de cohecho de menores que sin embargo fue declarado extinto por prescripción, ya devengado en 2014, es decir, muchos años antes de la presentación de la denuncia (18 de abril de 2018) y por tanto del inicio de la investigación”.


Con la sentencia de primer grado del Tribunal Vaticano finaliza un proceso que duró un año y muy deseado por el Papa Francisco. Como, de hecho, explicó la Santa Sede en el momento de las imputaciones, “a pesar de que los hechos denunciados se remontan a años en los que la ley vigente en ese momento impidió el juicio al no haber denuncia del lesionado para ser presentado dentro de un año de los hechos controvertidos, el aplazamiento fue posible en virtud de una disposición especial del Santo Padre de 29 de julio de 2019, que eliminó la causa de inadmisibilidad”. Pero en el juicio del juicio, el sistema acusatorio colapsó.
“Este juicio no debería haberse realizado -explicó en su discurso la abogada Rita Claudia Baffioni, defensora de Don Martinelli- porque se desarrolló sobre la base del rescriptum del Papa para que se pueda proceder sólo sobre la hipótesis del delito de abuso. de adultos sobre menores”.
Entre otras cosas, Don Martinelli y el que el fiscal cree que es víctima de abuso sexual son de la misma edad, de hecho solo tienen siete meses y nueve días de diferencia. Asimismo, según el abogado, en el juicio no surgieron pruebas, en los años en los que la presunta víctima era menor de edad, de actos de violencia y libido, por lo que ha fallado la premisa principal del rescriptum del Papa, a saber, la protección del menor.
La abogada Agnese Camilli Carissimi, defensor de Don Radice, había pedido la absolución con fórmula completa de su cliente porque el hecho no existe. Incluso la abogada Emanuela Bellardini, abogada de la Ópera Don Folci, organismo de la diócesis de Como al que está encomendada la gestión del preseminario, había pedido la absolución con fórmula completa para ambos acusados.
En la sala del tribunal, los abogados defensores expresaron su satisfacción por la sentencia.

ilfattoquoridiano.

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