Inconstitucional, control discrecional de AMLO sobre ahorros del gobierno: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el control que el presidente Andrés Manuel López Obrador tenía para determinar por decreto, de forma discrecional, el destino de los ahorros que se obtengan en la Administración Pública Federal.
“Ello es incompatible con la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados de aprobar el Presupuesto de Egresos (…) En efecto conforme a nuestro marco constitucional, es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar el Presupuesto de Egresos y autorizar el destino y monto del gasto público federal para cumplir con los objetivos constitucionales reflejados en el Plan Nacional de Desarrollo”, dijo la ministra Norma Piña, quien elaboró el proyecto.
Con esto se declaró inconstitucional el segundo párrafo del artículo 61 de la Ley de Presupuesto de la Responsabilidad Hacendaria que señala: “Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere”.
La ministra indicó que si bien debe haber flexibilidad en las normas presupuestarias para hacer frente con eficacia a cuestiones imponderables, como la disminución o aumento de los egresos previstos para cubrir el presupuesto, no se puede llegar al extremo de que la Cámara de Diputados renuncie a su facultad exclusiva de determinar el destino y monto del gasto público federal para delegar esta función en el presidente del país.
El ministro Juan Luis Alcántara explicó que no es posible que el Poder Ejecutivo reajuste sus partidas de gasto a partir de ahorros generados sin invadir la competencia de la Cámara de Diputados, lo que provocaría que San Lázaro perdiera el control sobre los recursos públicos.
Ello, dijo, porque bastaría con que los ejecutores del gasto con autonomía presupuestaria “inflaran” ciertas partidas para luego declarar ahorros, y reorientar su propio gasto.
“Considero que permitir esa situación sería un golpe al principio democrático en la supervisión del gusto público y a la revisión de cuentas”, expresó Alcántara.
La discusión en la Corte se originó de una acción de inconstitucionalidad que presentaron en 2019 senadores de oposición contra la Ley Federal de Austeridad Republicana.

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