Café de Mañana | Casetas telefónicas alteran imagen urbana; obstaculizan vía pública municipal

Se sabe que en administraciones municipales pasadas de Xalapa hubo aprobaciones, a través del cabildo, para la emisión de licencias de instalación para casetas telefónicas en la vía pública.

Esos acuerdos -y seguramente convenios- fueron con compañías de telefonía o comercializadoras del ramo. A la fecha, algunos contratos debieron haber fenecido y, por lo tanto, esas instalaciones deben ser retiradas, a pesar de que en su momento debieron haber ingresado recursos a la administración que las autorizó.

Más allá de los ingresos, a la fecha es una irregularidad reglamentaria la permanencia de estas casetas en la vía o espacios públicos. El actual reglamento en materia de Desarrollo Urbano establece un apartado de imagen urbana y, por tanto, evitar obstáculos en la vía pública, lo cual debe ser atendido bajo este argumento reglamentario.

También habrá que reconocer que aún cuando haya fenecido la permanencia de las citadas casetas telefónicas, y con el fin de llevar a cabo su retiro, se deberá agotar el procedimiento administrativo con las diversas empresas, primeramente notificando en un tiempo perentorio del retiro inmediato; en caso contrario, el ayuntamiento procedería a levantar el acta correspondiente, retiro y señalar el lugar de depósito de estas casetas para la recuperación de los legítimos dueños.

Así también serían sujetos a sanción o multa; sin embargo, eso debería ser lo menos, dado que lo importante es el retiro definitivo ante lo obsoleto que resultan en este momento estos elementos en la vía pública.

No hay que olvidar que Xalapa cuenta con una declaratoria de centro histórico, de ahí la importancia del retiro de las multicitadas casetas, las cuales se encuentran plenamente ubicadas e identificadas en el perímetro A -considerado como zona de monumentos-.

La contaminación visual afecta y perturba en sitios y paisajes, incluso en términos urbanos. Hay estudios que prueban la afectación en la salud de los individuos o zonas de la comunidad donde se produzca el impacto ambiental, como es el caso. Dicho de otra forma, esas afectaciones son responsabilidad de la autoridad municipal y el ayuntamiento de Xalapa, de no hacer algo por evitarlo.

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